El permiso puede ser solicitado por extranjeros que reciban una jubilación o pensión de un gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada.
Se necesita proporcionar una certificación que acredite la condición de jubilado o pensionado, indicando que recibe una pensión vitalicia. Esta certificación debe estar debidamente apostillada.Principio del formulario.
Para solicitar el permiso, es necesario contar con suficientes medios económicos para cubrir los gastos propios y de los dependientes en el país. La pensión mensual debe ser de al menos mil balboas (B/.1,000.00) y debe ser vitalicia.
En el caso de adquirir una propiedad a título personal en el territorio nacional por USD. 100,000.00 dólares el monto mínimo de pensión permitido para la residencia de jubilado o pensionado en Panamá es de usd. 750.00 dólares. Principio del formulario.
Sí, en los casos de los cónyuges, se tiene la opción de acreditar las sumas de ambos para cumplir con el mínimo de la pensión establecida, que es de mil balboas (B/.1,000.00).
Una solvencia económica adicional de doscientos cincuenta balboas (B/.250.00) mensuales por cada dependiente, la cual puede justificarse con pensión adicional o referencia bancaria.
- Carta de una empresa extranjera de administración de pensiones, de fideicomiso, de fondos mutuos, de seguros o de banca, que certifique que administra fondos para la empresa o el solicitante.
- Certificación de existencia y vigencia de la empresa, que otorga la pensión y administra el fondo.
- Copia de comprobante de pago o estado de cuenta del banco.
Sí, es un requisito importante que la pensión o jubilación sea concedida en forma vitalicia.
Entre los pasos básicos tenemos:
- Registro ante el Servicio Nacional de Migración.
- Recopilación de los requisitos y documentos necesarios.
- Presentación de expediente.
- Espera la resolución que decide la solicitud de residencia.
- Notificación y toma de carnet de residente permanente.
El proceso suele durar alrededor de 4 meses. Los tiempos pueden variar según la institución y su carga de trabajo.
Una vez aprobado, el trámite otorga una residencia permanente en su primera aplicación, esta es la mayor diferencia con otros tipos de residencia en Panamá ya que no requerirá prórroga.
En los casos de hijos dependientes, su permiso será temporal hasta que cumplan veinticinco (25) años siempre y cuando prueben que realizan estudios completos, no obstante, no tendrán derecho a la permanencia ni a la condición de pensionado. A excepción de aquellos hijos dependientes que sufran una discapacidad profunda comprobada.
Sí, este permiso le brinda a la persona la oportunidad de presentar una solicitud para obtener un Permiso de Trabajo en Panamá ante el Ministerio de Trabajo. Después de las correspondientes evaluaciones de cada caso en particular.
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